{"id":5518,"date":"2025-02-20T14:10:14","date_gmt":"2025-02-20T14:10:14","guid":{"rendered":"https:\/\/revcaredev.wpenginepowered.com\/que-justicia-laboral-el-trabajo-de-cuidados-como-deber-y-bienestar-social\/"},"modified":"2026-09-10T19:57:04","modified_gmt":"2026-09-10T19:57:04","slug":"que-justicia-laboral-el-trabajo-de-cuidados-como-deber-y-bienestar-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/que-justicia-laboral-el-trabajo-de-cuidados-como-deber-y-bienestar-social\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 justicia laboral? El trabajo de cuidados como deber y bienestar social"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfQu\u00e9 obligaciones tiene el Estado para con sus ciudadanos cuando el propio Estado impone a la ciudadan\u00eda el deber de realizar un trabajo? La Constituci\u00f3n de la India, en un cap\u00edtulo titulado \u201cDeberes fundamentales\u201d, establece que todo ciudadano de la India debe \u201cesforzarse por alcanzar la excelencia en todas las esferas de la actividad individual y colectiva\u201d, fomentando el ascenso continuo de la naci\u00f3n en \u201cel esfuerzo y el logro\u201d. Este deber fundamental de trabajar tiene un objetivo normativo, que es la contribuci\u00f3n al desarrollo y al ascenso del Estado. Y el Estado, por su parte, corresponde. La extensa lista de salvaguardias constitucionales que poseen los ciudadanos (es decir, las disposiciones de bienestar social) en virtud de la Constituci\u00f3n, est\u00e1n dirigidas principalmente a los ciudadanos-trabajadores. En mi nuevo libro <a href=\"https:\/\/www.cambridge.org\/ca\/universitypress\/subjects\/law\/employment-law\/labour-justice-constitutional-evaluation-labour-law?format=HB&amp;isbn=9781009445337\"><em>Labour Justice<\/em><\/a>, sostengo que el fundamento mismo de la agenda constitucional de justicia social depende de que se entienda a los ciudadanos indios como \u201cciudadanos-trabajadores\u201d, cuya ciudadan\u00eda se define sobre la base de su trabajo. Aunque la Constituci\u00f3n no imagina el trabajo \u00fanicamente como trabajo remunerado, la protecci\u00f3n y los privilegios de las leyes laborales no se extienden a los trabajadores no remunerados, incluidos aquellos que realizan la labor indispensable del trabajo de cuidados.      <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La obligaci\u00f3n constitucional de los ciudadanos de trabajar crea una relaci\u00f3n rec\u00edproca m\u00e1s directa con el Estado. Si la concepci\u00f3n de la ciudadan\u00eda se basa principalmente en el deber de los ciudadanos de contribuir al desarrollo del Estado, este debe, como beneficiario, corresponder con derechos de bienestar. Esta idea de equidad, basada en la reciprocidad social, se desarrolla en gran medida a trav\u00e9s de las leyes laborales, incluidas las disposiciones de seguridad social. Recientemente, el Parlamento indio \u2014liderado por el Gobierno nacionalista hind\u00fa (BJP)\u2014 derog\u00f3 de forma integral las leyes laborales del pa\u00eds (denominadas colectivamente \u201cReformas de la Ley Laboral de 2020\u201d). En la derogaci\u00f3n total de las leyes laborales, el gobierno del BJP <a href=\"https:\/\/thewire.in\/economy\/labour-law-dilution-consequences\">diluy\u00f3 los derechos de protecci\u00f3n social<\/a> de los trabajadores indios. El gobierno promovi\u00f3 un r\u00e9gimen de contrataci\u00f3n y despido determinado por el mercado (el <em>fire-at-will<\/em> o despido libre no ha sido tradicionalmente una caracter\u00edstica de las leyes laborales indias), sin ofrecer condiciones proporcionales para permitir una participaci\u00f3n exitosa de los trabajadores en el mercado ni beneficios de seguridad social adecuados.     <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Conceder espacio moral y preocupaci\u00f3n regulatoria al mercado, cuando los ciudadanos indios est\u00e1n constitucionalmente obligados a <em>contribuir socialmente<\/em> al desarrollo de la naci\u00f3n, va en contra del esp\u00edritu de la Constituci\u00f3n. Ciertamente, la Constituci\u00f3n de la India no niega el papel desempe\u00f1ado por el mercado. Pero los intercambios de mercado ocupan un espacio m\u00e1s limitado en la base social relacional de la ciudadan\u00eda concebida por la Constituci\u00f3n. El trabajo de cuidados y, en particular, el trabajo de cuidados informal y no remunerado, aclara este punto. Si los ciudadanos tienen el deber de impulsar a la naci\u00f3n hacia niveles m\u00e1s altos de esfuerzo y logro, los ciudadanos son concebidos como <em>agentes<\/em> del cambio. Tal agencia entre los ciudadanos no puede crearse en ausencia del trabajo de cuidados. El trabajo de cuidados, como parte de la nutrici\u00f3n y educaci\u00f3n temprana, el desarrollo social, la formaci\u00f3n de habilidades y la atenci\u00f3n sanitaria, por ejemplo, es fundamental para crear agencia entre la ciudadan\u00eda. Adem\u00e1s, un tipo espec\u00edfico de cuidado \u2014el cuidado del medio ambiente (de los bosques, lagos, r\u00edos y la fauna silvestre)\u2014 tambi\u00e9n se enumera como un deber fundamental en virtud de la Constituci\u00f3n. Dado que el trabajo de cuidados es fundamental para el concepto de ciudadan\u00eda-trabajadora, el hecho de que la ley no lo valore fuera de los servicios de mercado socava el ideal constitucional de equidad en la reciprocidad social.        <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lamentablemente, cualquier reconocimiento consecuente del trabajo de cuidados o, para el caso, el reconocimiento de la ciudadan\u00eda-trabajadora, est\u00e1 ausente de las Reformas de la Ley Laboral de 2020. Los cuidados no remunerados o el cuidado del medio ambiente por parte de los recicladores de residuos urbanos y los trabajadores forestales siguen sin ser reconocidos bajo las Reformas. Estos \u00faltimos \u2014recolectores de residuos y trabajadores forestales\u2014 son imaginados legalmente como trabajadores informales (o \u201cno organizados\u201d), trabajadores que no encajan en la \u201cforma\u201d legal del contrato de empleo basado en el mercado. Para estos y otros trabajadores informales, las Reformas conciben algunos derechos de seguridad social, como el seguro de vida y de invalidez, el seguro de vejez y la seguridad de las pensiones. La ley tambi\u00e9n exige que el gobierno o los gobiernos creen una gama de otros derechos de seguridad social para los trabajadores informales. Mediante estos derechos, las Reformas pretend\u00edan replicar los derechos de seguridad social existentes de los trabajadores formales para los trabajadores informales. Aunque, a primera vista, esta replicaci\u00f3n parece atender a las inseguridades de los trabajadores informales, tras un an\u00e1lisis cuidadoso, dicha replicaci\u00f3n parece inadecuada.      <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dado que la base misma para identificar una actividad determinada como informal es su divergencia con los contratos de trabajo, estos trabajadores no disfrutan de los derechos y prestaciones que surgen de las relaciones laborales formales. En ausencia de tales derechos, si los trabajadores informales han de ser tratados equitativamente con los trabajadores formales, sus prestaciones de seguridad social deben ser mucho m\u00e1s integrales que las de los trabajadores formales. Al no ofrecer una seguridad social m\u00e1s completa, incluido el seguro de desempleo, para los trabajadores informales, las \u00faltimas Reformas han fallado en gran medida a los trabajadores informales respecto a la promesa de la Constituci\u00f3n. No es de extra\u00f1ar, entonces, que los trabajadores informales dependieran m\u00e1s de sus redes sociales, amigos y familiares para sus necesidades urgentes que de sus derechos legales como trabajadores durante la pandemia de COVID-19.   <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aunque el trabajo de cuidados informal y no remunerado subvenciona tanto el programa de seguridad social del pa\u00eds como el mercado laboral, sigue sin ser reconocido como una preocupaci\u00f3n p\u00fablica. El trabajo de cuidados se considera legalmente como un asunto privado de la familia, desvinculado de la concepci\u00f3n de la ciudadan\u00eda-trabajadora. La \u00fanica forma en que se reconoce el trabajo de cuidados es cuando se realiza como parte de un contrato de trabajo, como \u201ctrabajador dom\u00e9stico\u201d. Sin embargo, dejar en manos del mercado la valoraci\u00f3n de una funci\u00f3n profundamente social, relacional y de construcci\u00f3n nacional limita la promesa constitucional de que todos los ciudadanos-trabajadores puedan reclamar sus protecciones.   <\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/allard.ubc.ca\/about-us\/our-people\/supriya-routh\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/allard.ubc.ca\/about-us\/our-people\/supriya-routh\">Supriya Routh<\/a> es profesor asociado y titular de la C\u00e1tedra de Investigaci\u00f3n de Canad\u00e1 en Derecho Laboral y Justicia Social en la Peter A. Allard School of Law de la Universidad de Columbia Brit\u00e1nica y autor del reciente libro <em>Labour Justice: A Constitutional Evaluation of Labour Law<\/em>, Cambridge University Press, 2024.<\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Ilustraci\u00f3n extra\u00edda de la portada del libro.<br\/>Esta obra est\u00e1 bajo una <a href=\"http:\/\/creativecommons.org\/licenses\/by-nc-nd\/4.0\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Licencia Creative Commons Atribuci\u00f3n-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional<\/a>.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El concepto de ciudadano-trabajador, integrado en la Constituci\u00f3n de la India, plantea interrogantes sobre las implicaciones para los trabajadores de cuidados.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":5520,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_relevanssi_hide_post":"","_relevanssi_hide_content":"","_relevanssi_pin_for_all":"","_relevanssi_pin_keywords":"","_relevanssi_unpin_keywords":"","_relevanssi_related_keywords":"","_relevanssi_related_include_ids":"","_relevanssi_related_exclude_ids":"","_relevanssi_related_no_append":"","_relevanssi_related_not_related":"","_relevanssi_related_posts":"","_relevanssi_noindex_reason":"","_uag_custom_page_level_css":"","footnotes":""},"categories":[358],"tags":[359,346],"authors":[493],"class_list":["post-5518","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-conversaciones-sobre-los-cuidados","tag-gobernanza","tag-trabajo","authors-supriya-routh"],"acf":[],"uagb_featured_image_src":{"full":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"thumbnail":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25-150x150.png",150,150,true],"medium":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25-300x158.png",300,158,true],"medium_large":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"large":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"1536x1536":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"2048x2048":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"featured-card":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"card":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25.png",460,242,false],"profile":["https:\/\/revaluingcare.org\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/routh-20Feb25-160x160.png",160,160,true]},"uagb_author_info":{"display_name":"rcge-admin","author_link":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/author\/rcge-admin\/"},"uagb_comment_info":0,"uagb_excerpt":"El concepto de ciudadano-trabajador, integrado en la Constituci\u00f3n de la India, plantea interrogantes sobre las implicaciones para los trabajadores de cuidados.","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5518","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5518"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5518\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5520"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5518"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5518"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5518"},{"taxonomy":"authors","embeddable":true,"href":"https:\/\/revaluingcare.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/authors?post=5518"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}